Ecarri: «El sobreseimiento de las causas contra los venezolanos en Tenerife sienta un precedente en toda España»

«Celebramos el éxito obtenido por la representación judicial de nuestros compatriotas en Canarias al haber logrado que los tribunales de esa jurisdicción declarasen el sobreseimiento de la causa seguida en contra de 199 venezolanos por un presunto delito de falsedad documental en el canje del carné de conducir». El Embajador de Venezuela en España, Antonio Ecarri Bolívar, se pronuncia así ante este resultado y lo considera un precedente en toda España.

La Jueza de Instrucción Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife ha determinado el sobreseimiento provisional y archivo. El Auto número 001849/2021, firmado por la Magistrada-Juez María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres y Farizo, señala que no es reprochable al titular del documento la falta de medios del Estado venezolano en la expedición de documentos oficiales.

«No es apreciable ni imputable la comisión de un delito de falsedad en documento oficial al titular del mismo por carecer el estado de origen de medios materiales para expedirlos con las correspondientes medidas de seguridad y en los formatos en los que hasta ahora han sido utilizados, al existir un organismo público como es el INTT donde se puede comprobar la existencia previa de la licencia de la que es titular el investigado», reza la sentencia.

Carrero y Pestana Abogados, uno de los despachos que ha llevado esta causa, explica que la misma fue instruida exclusivamente en contra de ciudadanos venezolanos (con doble nacionalidad comunitaria o sin ella, de residentes españoles, de solicitantes de protección internacional y de titulares de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales), por lo que es un caso único.

«La línea de defensa formulada por nuestro despacho se basó siempre en un hecho incontrovertido: todas y cada una de las licencias investigadas fueron obtenidas de forma legítima en el organismo competente (INTT). Si el régimen emitía (o no) licencias que cumplieran con los estándares de seguridad, ello no podría ser imputable al titular», explica el despacho de abogados.

Antecedentes penales y devolución de carnés

«Las acusaciones de falsedad documental atribuidas a los carnés de conducir se han sobreseído de forma provisional y archivado, por lo que no constituyen delito». Sin embargo, recuerda el Embajador Ecarri que los representantes de la DGT se comprometieron a comunicarse con las autoridades policiales para informar sobre el procedimiento a seguir para la eliminación de dichos antecedentes y la devolución de los carnés de conducir ya canjeados -en caso de que se les hubiera retirado- a quienes los jueces dictasen sobreseimiento libre y archivo.

El despacho de abogados explica que la siguiente etapa debe ser la cancelación de dichos antecedentes pero una vez que se declare la firmeza de la decisión judicial. Esto evitará que los afectados no españoles tengan problemas a la hora renovar su residencia o tramitar su nacionalidad española, y permitirá la devolución del carné a quienes se les hubiera retirado.